Pese al pedido de los empresarios, el Ministerio de Trabajo ratifica el feriado del 7 de agosto
El Ministerio de Trabajo remarcó que el personal que cumpla funciones en los feriados debe recibir el pago doble de su salario diario normal.

Los industriales alertaron sobre una afectación de $us 12 millones, sin embargo, el Ministerio de Trabajo ratificó este jueves el feriado nacional para el próximo 7 de agosto y señaló que esta medida tiene un carácter excepcional por el año del Bicentenario del país.
En ese contexto, esta cartera del Estado remarcó que el personal que cumpla funciones en los feriados debe recibir el pago doble de su salario diario normal.
«Es oficial, el Gobierno nacional ha emitido un decreto supremo que, de conformidad a la Constitución Política del Estado, es de cumplimiento obligatorio», remarcó el director de Trabajo, Richard Pilco, en contacto con Bolivia Tv.
Decreto
El Gobierno explicó que aprobó el Decreto Supremo 5438 para resaltar y promover la participación de los bolivianos en la celebración del Bicentenario de Bolivia, por ello decretó feriado el 6 y 7 de agosto, con suspensión de actividades laborales públicas y privadas, únicamente para la presente gestión.
Pilco recordó que la Constitución Política del Estado faculta al Gobierno nacional regular las relaciones laborales relativas a la jornada laboral, descansos remunerados y feriados, entre otros.
Empresarios
El presidente de la Cámara Nacional de Industrias, Gonzalo Morales, advirtió que la medida «desmorona» la planificación de la logística, la producción, las ventas y exportaciones de la industria.
En ese marco, consideró que la afectación puede bordear los 24 millones de dólares por las 48 horas de paralización de las operaciones.
«Para la Industria la afectación diaria cuando dejamos de trabajar son de 12 millones de dólares diarios. Imagínese que dejemos de trabajar un día más, el jueves 7, sería una afectación de 24 millones de dólares», advirtió en una entrevista con Unitel.
Pilco insistió en que el feriado del 7 de agosto es excepcional y solo tiene vigencia en la gestión 2025, por lo tanto, en 2026 no será feriado.
El director informó que la suspensión de actividades laborales es de cumplimiento obligatorio para instituciones públicas y privadas; por lo tanto, el personal que trabaje esa jornada debe recibir el pago doble de su salario.
«Hay establecimientos laborales, hay unidades económicas productivas que, por el rubro, tengan que imperiosamente desempeñar algún tipo de función el día 7 de agosto, en ese caso podrán negociar con el trabajador, la trabajadora o con la organización sindical, pero se considera ya un feriado nacional y tendrá que cancelarse esa jornada con un pago doble para el trabajador», explicó Pilco.
por Antonio Villegas
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